LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. SEGOB/DGA/LPN/30001003/001/2018

“SERVICIO DE LIMPIEZA A INMUEBLES DE LA SECRETARIA DE GOBIERNO” 

Vigencia | del 04 Abril 2018 al 04 Abril 2019
CONVOCATORIA Y VENTA DE BASES DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

Dirigido a

Abierta a los interesados, personas físicas y/o morales en el mercado local y nacional para que libremente presenten propuestas solventes a fin de ofertar el servicio.

Documentación Legal y Administrativa

La Documentación Legal y Administrativa que se solicita en original o copia certificada deberá incluirse dentro del “Sobre Único” y se presentará para su cotejo acompañada de copia simple y una vez realizado el cotejo se devolverán los originales.

Entregar original o copia certificada para cotejo y copia simple de la siguiente documentación:

Acta constitutiva de la empresa y/o sus modificaciones o compulsa, debidamente protocolizadas e inscritas en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio, en la que conste que su objeto comercial se encuentra relacionado con el objeto de la presente Licitación Pública Nacional.

En el caso de persona física, acta de nacimiento y alta ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en la que conste que su actividad se encuentra relacionada con el objeto de la presente Licitación Pública Nacional.

Poder notarial en el que se acredite a las personas que cuentan con facultades suficientes para suscribir a nombre de su representada la documentación que se presente para la Licitación Pública Nacional o para actos administrativos, en caso de aplicar.

Identificación oficial vigente con fotografía y firma del representante, mediante la presentación de Credencial para Votar, Pasaporte o Cédula Profesional.

Cédula de Identificación Fiscal de la persona física o moral;

Acreditar su alta en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante el documento expedido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), así como las modificaciones mediante el Formato R-2 (debiendo presentar uno u otro), si su alta es posterior al año 2006, el comprobante de trámite que corresponda a través de internet, así como la copia del registro ante el Instituto Mexicano del Seguro Social y del registro ante el INFONAVIT;

Acreditar el pago de los Impuestos Sobre la Renta (I.S.R.) e Impuesto al Valor Agregado (IVA); mediante la declaración anual del 2017 para personas morales y para el caso de personas físicas pagos provisionales de enero a diciembre de 2017, así como los pagos provisionales  de enero y febrero de 2018 para personas físicas y morales, presentando el Recibo Bancario de Pago de Contribuciones vía Internet, el cual deberá contener invariablemente el sello digital, que permita autentificar la operación realizada, así como el pago correspondiente. En caso de haber declarado en ceros, deberán presentar igualmente el comprobante correspondiente.

Para el caso de haber realizado los pagos en los Bancos autorizados, deberá presentar el documento expedido por los mismos, sobre el cumplimiento de sus pagos.

Presentar original o copia certificada y copia simple de la Constancia de adeudos de contribuciones y derechos vigente o en su caso el documento que acredite fehacientemente haberla solicitado oportunamente en el presente año a la Administración Tributaria que le corresponda y en el Sistema de Aguas de la Ciudad de México, las contribuciones que le apliquen en la Ciudad de México.

El no presentar las constancias antes de la fecha establecida para la formalización del “CONTRATO” será motivo para no adjudicar el mismo, y en consecuencia  “LA CONVOCANTE” procederá conforme a lo establecido por los artículos 59 párrafo cuarto de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y 60 fracción II, de su Reglamento.

En el caso de ser Proveedor Salarialmente Responsable, deberán agregar la constancia de su registro en el Padrón de Proveedores. En el caso de no presentarla, deberá presentar manifiesto bajo protesta de decir verdad que ha realizado el trámite ante la instancia correspondiente, anexando soporte documental.

 

Así mismo “LA CONVOCANTE” podrá realizar las consultas que considere necesarias ante las instancias competentes para corroborar si las personas físicas o morales cuentan con la anotación vigente como Proveedor Salarialmente Responsable.

Recibo de pago de estas bases, el cual deberá estar fechado a más tardar el último día de venta de las mismas.

Entregar original de la siguiente documentación:

Demostrar su capacidad y experiencia en la prestación del servicio, objeto de la presente Licitación Pública Nacional, mediante la presentación del Currículum Vitae (original). “EL o LOS LICITANTES” deberán agregar cualquier documento que acredite la experiencia (contratos y/o pedidos) solicitada por “LA CONVOCANTE”.

En caso de no acreditar la experiencia requerida “EL o LOS LICITANTES” serán descalificados de este proceso.

Escrito bajo protesta de decir verdad que los bienes del servicio a ofertar deben ser producidos en México y contienen por lo menos un 50% (Cincuenta por ciento) de integración nacional, de acuerdo al numeral 5.11 Anexo No. 3.

Escrito bajo protesta de decir verdad, de que no se encuentra en alguno de los supuestos del artículo 39 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, así como de los artículos 49 fracción XV, 59 y 67 de la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México. Si se comprueba que “EL o LOS LICITANTES” se encuentran en cualquiera de estos supuestos, automáticamente se desecharán sus propuestas y quedará descalificado de este proceso de Licitación Pública Nacional Anexo No. 4.

Escrito bajo protesta de decir verdad, de que no se encuentra sancionados por la Secretaría de la Contraloría, por la Secretaría de la Función Pública o en incumplimiento contractual de acuerdo al artículo 39 Bis de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, así como de los artículos 49 fracción XV, 59 y 67 de la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México. Si se comprueba que “EL o LOS LICITANTES” se encuentran en cualquiera de estos supuestos, automáticamente se desecharán sus propuestas y quedará descalificado de este proceso de Licitación Pública Nacional Anexo No. 5.

Escrito bajo protesta de decir verdad, de que conoce y acepta el contenido de estas Bases de Licitación Pública Nacional así como las modificaciones y/o aclaraciones efectuadas durante la Junta de Aclaración de las mismas, Anexo No. 6.

Escrito bajo protesta de decir verdad, en la que asume toda responsabilidad en caso de que los servicios ofertados infrinjan patentes, marcas o violen Derecho de Autor, sin ninguna responsabilidad para “LA CONVOCANTE” tal y como se establece en el Anexo No. 7.

Escrito bajo protesta de decir verdad que han cumplido en debida forma con las obligaciones fiscales previstas en el Código Fiscal de la Ciudad de México de conformidad con el último párrafo del artículo 51 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México, correspondientes a los últimos 5 (cinco) años de las siguientes obligaciones sustantivas y formales a que estén sujetos:

1. Impuesto Predial.

2. Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles.

3. Impuesto sobre Nóminas.

4. Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos.

5. Impuesto sobre la Prestación de Servicios de Hospedaje.

6. Derechos por el Suministro de Agua.

En los casos del Impuesto Predial y Derechos por el Suministro de Agua, será obligatorio anotar correctamente el número de cuenta oficial correspondiente. 

En los casos en los que no sea sujeto a alguna de las contribuciones señaladas, deberá explicar el motivo en el mismo manifiesto, anexando documento comprobatorio vigente que justifique dicho manifiesto como se indica en el Anexo No. 8.

Incluso en el supuesto de tener su domicilio en otra entidad distinta a la Ciudad de México, también deberá manifestarlo como el Anexo No. 9.

Escrito bajo protesta de decir verdad de que se encuentra al corriente de su declaración de Impuestos, Derechos, Aprovechamientos y Productos referidos en el Código Fiscal de la Ciudad de México.

Escrito bajo protesta de decir verdad, mediante el cual manifieste el tipo de empresa de su representada, conforme a lo siguiente.

Nombre de la Empresa (Razón Social completa y legible)

Tipo de Empresa (Indicar si es Micro, Pequeña o Mediana)

Domicilio de la Empresa (con todos los datos completos y legibles)

Nacionalidad de la Empresa

Número de Empleados contratados

Actividad Desarrollada

Para identificar el tipo de la empresa se entenderá lo siguiente:

Micro empresa: la unidad económica que para el desarrollo de su actividad cuenta hasta con 5 empleados en el caso de actividad comercial, hasta con 20 empleados en el caso de servicios y hasta con 30  empleados en el caso de la industria;

Pequeña empresa: la unidad económica que cuenta para el desarrollo de su actividad de 6 a 20 empleados en el caso de actividad comercial, 21 a 50 empleados en el caso de servicios y de 31 a 100 empleados en el caso de la industria y

Mediana empresa: la unidad económica que cuenta para el desarrollo de su actividad de 21 a 100 empleados en el caso de actividad comercial de 51 a 100 empleados en el caso de servicios y de 101 a 500 empleados en el caso de la industria.

Lo anterior de conformidad con las Reglas para Fomentar y Promover la Participación de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas Nacionales y Locales, en las Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios que realice la Administración Pública del Distrito Federal, Anexo No. 10.

Para el caso de Micro, Pequeñas y Medianas empresas nacionales, podrán participar en esta Licitación Pública Nacional presentando propuestas a cumplir por dos o más de las empresas citadas, sin necesidad de constituir una nueva sociedad.

En el caso al que se refiere el párrafo anterior, las Micros, Pequeñas y Medianas empresas nacionales, presentarán en el sobre que contenga la documentación legal y administrativa el convenio entre las empresas licitantes.

En el convenio a que se refiere el párrafo anterior se establecerá lo siguiente:

Un representante común;

Las proporciones o partes de contrato a cumplir por cada una de las empresas, y

La manera en que responderán conjunta e individualmente por el incumplimiento del contrato que se les adjudique.

Escrito bajo protesta de decir verdad, donde faculta a “LA CONVOCANTE” para comprobar en cualquier momento la veracidad de la información y la autenticidad de la documentación proporcionada, ya sea durante el transcurso del procedimiento o durante la vigencia del contrato, de no corresponder la información proporcionada, será motivo de descalificación automática o de rescisión administrativa del contrato.

Carta Compromiso de Integridad, mediante la cual el representante legal manifieste, bajo protesta de decir verdad, que se compromete tanto él como los representantes y/o los empleados que participen durante el procedimiento de Licitación Pública Nacional, a no incurrir en prácticas no éticas o ilegales, ni durante el proceso de formalización y vigencia del contrato, y en su caso en los convenios que se llegaren a celebrar, incluyendo los actos que de éstos deriven, a fin de garantizar la transparencia, legalidad y honestidad del procedimiento, y que se conducirán con respeto y se abstendrán de incurrir en actos de soborno, cohecho, corrupción y quebranto de las leyes y/o disposiciones normativas aplicables, durante la vigencia de la relación contractual y de los efectos derivados de dicha contratación entre “LA CONVOCANTE” y el licitante.

Escrito bajo protesta de decir verdad, mediante el cual manifieste que el poder notarial del representante legal que presenta, es vigente a la fecha de esta Licitación Pública Nacional y que no le ha sido revocado, modificado o limitado.

Escrito bajo protesta de decir verdad, mediante el cual manifieste que da su consentimiento para difundir sus datos, salvo las excepciones de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, Anexo No. 11

En caso de ser adjudicado deberá presentar escrito de confidencialidad de conformidad con el Anexo No. 12.

Escrito bajo protesta de decir verdad en el que indique que de conformidad con lo señalado en el artículo 39 fracción I de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y el numeral Décimo Tercero  fracción II, de los Lineamientos para la presentación de declaración de Intereses y Manifestación de No Conflicto de Intereses a Cargo de las Personas Servidoras Públicas facultadas. Anexo No. 13.

Escrito bajo protesta de decir verdad, que los Socios, Directivos, Accionistas, Administradores, Comisarios y demás personal de sus procesos de ventas, comercialización, relaciones públicas o similares, no tienen, no van a tener en el siguiente año o han tenido en el último año, relación personal, profesional, laboral, familiar o de negocios con las personas servidoras públicas señaladas en el numeral 1.1 de las presentes bases,     Anexo No. 14.

EVENTOS DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL.

Este procedimiento de Licitación Pública Nacional dará lugar a los siguientes eventos, los cuales se llevarán a cabo en la sala de juntas de la Dirección General de Administración ubicado en el domicilio de “LA CONVOCANTE”, en Fernando de Alva Ixtlixochitl 185, 6° piso, Colonia Tránsito, C.P. 06820, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México.

Junta de Aclaración de Bases: Se llevará a cabo el día 09 de abril del 2018, a las 14:00 horas en punto, en las oficinas de “LA CONVOCANTE”.

En este evento se aclararán las dudas de carácter legal, administrativo, técnico y económico con relación a la Licitación Pública Nacional, para lo cual “EL o LOS LICITANTES” presentarán preferentemente por escrito sus cuestionamientos, con cuando menos 24 horas de anticipación a este acto, no siendo motivo de descalificación el no hacerlo, sin embargo de esta forma se agilizará el proceso de respuestas y aclaraciones. Adicionalmente se podrán remitir las dudas al correo electrónico: unidad_adquisiciones_gdf@yahoo.com.mxdentro del mismo plazo señalado.

En caso de otra u otras Juntas de Aclaración de Bases, los eventos subsecuentes del proceso serán reprogramados por “LA CONVOCANTE”.

Se levantará acta del evento, de la cual, una vez firmada, por todos los participantes se entregará copia a los asistentes y pasará a formar parte integral de las presentes Bases y Anexos

De ser el caso, “LA CONVOCANTE” notificará a “EL o LOS LICITANTES” que habiendo adquirido las bases no hubieran asistido a la Junta de Aclaración de Bases, mediante comunicación escrita con acuse de recibo.

En las aclaraciones precisiones o respuestas que realice “LA CONVOCANTE” deberá especificar expresamente el punto o puntos de las bases que se modifican o adicionan, las que formarán parte integrante de las propias Bases.

Se informará a “EL o LOS LICITANTES” que de conformidad con el artículo 39 bis de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, “LA CONVOCANTE” verificará en los sitios de Internet de la Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México y de la Secretaría de la Función Pública, que ninguno de los licitantes a este evento se encuentren sancionados o en incumplimiento contractual. El resultado de la consulta se asentará en el Acta de la Primera Etapa.

El hecho de que alguno de los participantes, no asista a esta reunión se dará por entendido que no existe duda alguna sobre las visitas efectuadas y por lo tanto acepta todas las condiciones establecidas en las bases así como modificaciones y/o aclaraciones efectuadas durante la primera y segunda junta de aclaraciones de las mismas.

Primera Etapa: Recepción y apertura de sobres, se llevará a cabo el día 11 de abril del 2018, a las 11:00 horas en punto.

El registro de los licitantes se llevará a cabo de las 10:30 a las 11:00 horas.

En la fecha y hora fijada iniciará la apertura del sobre cerrado en forma inviolable que contenga la Documentación Legal y Administrativa, Propuesta Técnica y Propuesta Económica con la participación de “LA CONVOCANTE” y de “EL o LOS LICITANTES” que se encuentren presentes en este evento. Se invitará a un representante de la Contraloría Interna y un Representante de la Contraloría Ciudadana, por lo que se solicita la puntual asistencia ya que no se recibirán sobres en forma extemporánea ni se repetirán los acuerdos, asuntos y comentarios expresados con antelación.

Este acto iniciará con la recepción del sobre de cada uno de “EL o LOS LICITANTES”. Posteriormente se efectuará la revisión cuantitativa sucesiva y separadamente de la documentación descrita en el párrafo anterior, conforme al orden del registro, desechándose aquellas que hubieran omitido alguno de los requisitos exigidos.

Este evento resulta ser de suma importancia, ya que el no presentar el sobre en el día y hora señalada será motivo de descalificación.

La documentación con carácter devolutivo, como las garantías de formalidad de las propuestas económicas, serán devueltas a “EL o LOS LICITANTES” transcurridos quince días hábiles contados a partir de la fecha en que se dé a conocer el fallo de la Licitación Pública Nacional, previa solicitud por escrito.

En ese mismo evento los servidores públicos y “EL o LOS LICITANTES” rubricarán las propuestas presentadas mismas que quedarán en custodia de “LA CONVOCANTE”.

Se levantará acta correspondiente procediéndose a recabar la firma de los asistentes y se entregará copia fotostática a cada uno de ellos.

Dictamen Previo al Fallo: “LA CONVOCANTE” llevará a cabo el análisis cualitativo de cada una de las propuestas, mediante el dictamen que será dado a conocer en la segunda etapa del proceso.

El dictamen comprenderá el análisis detallado de lo siguiente:

Documentación Legal y Administrativa solicitada.

Propuesta Técnica, misma que deberá incluir el resultado de la evaluación y la verificación de las especificaciones.

Propuesta Económica, la cual deberá contener la garantía de formalidad de la oferta presentada.

Para emitir el Dictamen, “LA CONVOCANTE” verificará que las mismas incluyan toda la información, documentos y requisitos solicitados en las Bases. Una vez hecha la valoración de las propuestas, se elaborará un dictamen que servirá de fundamento para informar sobre la o las propuestas que de entre “EL o LOS LICITANTES”, hayan cumplido con todos los requisitos Legales y Administrativos, Técnicos, de menor impacto ambiental y Económicos, que hayan reunido las mejores condiciones para la Administración Pública de la Ciudad de México, que haya acreditado ser Proveedor Salarialmente Responsable, que haya garantizado satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas y haya presentado el precio más bajo.

Segunda Etapa: Lectura del Dictamen, Etapa de Mejoramiento de Precios más Bajos y Fallo de Adjudicación, la cual se efectuará el día 13 de abril del 2018, a las 11:00 horas en punto.

En junta pública “LA CONVOCANTE” comunicará el resultado del dictamen el cual deberá estar debidamente fundado y motivado, se señalarán detalladamente las propuestas que fueron desechadas y las que no resultaron aceptadas, indicándose, en su caso, las que hayan cumplido con la totalidad de los requisitos legales y administrativos, técnicos y económicos, así como el nombre de “EL o LOS LICITANTES” que ofertaron las mejores condiciones y precio más bajo para la contratación del Servicio, objeto de esta Licitación Pública Nacional, dando a conocer los importes respectivos.

En apego al artículo 43 fracción II de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, fracciones I y II de los Lineamientos Generales para la Presentación de Precios más Bajos para los bienes o servicios objeto del presente proceso licitatorio, publicada en la Gaceta Oficial del entonces Distrito Federal, el día 14 de abril del 2010, “LA CONVOCANTE” comunicará a “EL o LOS LICITANTES” que hayan cumplido con la totalidad de los requisitos legales y administrativos, así como los técnicos y económicos, que en ese mismo acto podrán ofertar un precio más bajo por el servicio objeto de la Licitación Pública Nacional en beneficio de “LA CONVOCANTE” con la finalidad de resultar adjudicados lo cual podrá efectuar, siempre y cuando en el acto se encuentre presente la persona que cuente con poderes de representación legal de la persona Física o Moral licitante, lo que deberá ser acreditado en el mismo acto. El procedimiento se realizará en términos porcentuales como mínimo dos rondas con respecto de la Propuesta que originalmente haya resultado más benéfica para “LA CONVOCANTE”, dicha propuesta de precios más bajos se presentará en ese mismo acto mediante el formato referido en estas Bases, Anexo No. 19.

El esquema para ofrecer el precio más bajo por los bienes requeridos se llevará a cabo de acuerdo a lo siguiente:

En este acto “EL o LOS LICITANTES” deberán acreditar mediante poderes de representación en original y copia simple para cotejo, la facultad que ostentan para proponer un precio más bajo por el bien objeto de esta Licitación Pública Nacional en nombre de su representada y procederán a llenar el formato “Formato para la Propuesta de Precios más Bajos”, anotando el nombre completo de la razón social que representan.

El “Formato para la Propuesta de Precios más Bajos” contendrá los siguientes datos: nombre de “EL LICITANTE”, Registro Federal de Contribuyentes, número de poder notarial o número de acta de nacimiento (en caso de ser persona física), número de partida, descripción, cantidad solicitada, unidad de medida, nombre y firma del o la representante o apoderado legal que cuente con facultades para esta etapa. Anexo No. 19.

En las columnas contenidas en el formato anterior, cada “LICITANTE” podrá proponer un precio más bajo en términos porcentuales con relación a la última postura, realizándose este acto como mínimo dos rondas y/o las que sean necesarias hasta resultar conveniente para “LA CONVOCANTE”, anotando el precio final en la columna final del formato.

“LA CONVOCANTE” sin especificar el nombre de “EL LICITANTE”, dará a conocer el precio más bajo en cada una de las rondas con el objeto de que “LOS LICITANTES” conozcan los precios y puedan ofrecer una mejor opción. Una vez concluidas las rondas, se dará a conocer el nombre del “EL LICITANTE” que propuso el precio más bajo para los servicios.

Los precios propuestos corresponderán invariablemente a las características de los servicios, presentados originalmente ya que el dictamen se llevará a cabo sobre las propuestas técnicas y económicas originales.

Con el objeto de agilizar y mantener un orden durante el evento, se evitará la comunicación entre los licitantes al momento de efectuar sus propuestas de precios más bajos, quedando aquélla que resulte más conveniente para “LA CONVOCANTE”, por lo que se recomienda que las posturas de los licitantes sean lo más realistas posibles.

Cada licitante escribirá en forma clara el porcentaje para el mejoramiento de precios de los servicios, sin tachaduras ni enmendaduras que pudieran causar confusión o error; el porcentaje deberá escribirse con tinta y el formato será firmado por el representante legal.

Si como resultado de la evaluación a las propuestas y mejoramiento de precios más bajos de los bienes, existieran dos o más propuestas en igualdad de circunstancias, “LA CONVOCANTE” aplicará los siguientes criterios de desempate:

Se adjudicará a “EL LICITANTE” que hubiere ofrecido mejores condiciones en su propuesta, adicionales a las mínimas establecidas en las bases, con relación a los servicios solicitados y en su caso se encuentre inscrito en el Padrón de Proveedor con la anotación que lo identifique como Proveedor Salarialmente Responsable.

Se adjudicará al prestador de servicio que ofrezca las mejores condiciones de precio calidad y financiamiento y en su caso se encuentren inscritos en el Padrón de Proveedor con la anotación que lo identifique como Proveedor Salarialmente Responsable.

Una vez definido “EL LICITANTE” que haya ofertado el precio más bajo benéfico para “LA CONVOCANTE” y como consecuencia haya resultado adjudicado, se levantará el acta correspondiente, dando lectura a la misma, procediéndose a la firma de todos los asistentes y entregándose copia fotostática a cada uno.

El plazo para la emisión del fallo podrá diferirse por una sola vez, siempre y cuando existan circunstancias debidamente justificadas, con fundamento en el artículo 43 fracción II, inciso b) segundo párrafo de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.

“EL o LOS LICITANTES” que hubieran sido descalificados en alguna de las etapas del proceso, podrán asistir a los actos subsecuentes con el carácter único y exclusivamente de observadores.

Bajo ninguna circunstancia serán negociadas las condiciones estipuladas en las Bases, las propuestas presentadas por “EL o LOS LICITANTES” ni el fallo de la Licitación Pública Nacional.

Contra la resolución que contenga el fallo, se estará a lo dispuesto en el Artículo 88 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.

Todos los actos que forman parte del procedimiento de esta Licitación Pública Nacional se deberán efectuar puntualmente el día, hora y lugar señalado en las bases de esta Licitación Pública Nacional, levantándose en cada uno de ellos acta circunstanciada que será rubricada y firmada por “EL o LOS LICITANTES” que no se encuentren descalificados, los Servidores Públicos que lleven a cabo el procedimiento así como de los representantes de la Secretaría de la Contraloría General o del Órgano Interno de Control y la Contraloría Ciudadana, debiendo entregar a cada uno de ellos copia de la misma.

CRITERIOS DE EVALUACIÓN:

Idoneidad y solvencia de los licitantes.

En igualdad de condiciones se procederá al análisis y verificación de la documentación y propuestas presentadas por todos y cada uno de “EL o LOS LICITANTES”.

Evaluación de la Documentación Legal y Administrativa.

En igualdad de condiciones se revisará y evaluará en forma cualitativa la Documentación Legal y Administrativa presentada por “EL o LOS LICITANTES”. Se seleccionará a quienes cumplan con la información y documentación solicitadas en las bases.

Evaluación de Propuestas Técnicas.

En igualdad de condiciones se realizará el análisis cualitativo y detallado de las Propuestas Técnicas por parte del área requiriente, se seleccionarán aquellas que reúnan las mejores condiciones técnicas, de menor impacto ambiental y que garanticen satisfactoriamente el servicio, con las características, las especificaciones y en las condiciones requeridas por “LA CONVOCANTE”. Asimismo, se desecharán aquellas que como resultado del análisis cualitativo no cumplan con la información, documentación y requisitos técnicos dispuestos en estas Bases.

Evaluación de Propuestas Económicas.

En igualdad de condiciones se efectuará el análisis cualitativo y detallado de las Propuestas Económicas, seleccionándose aquellas que cumplan con la totalidad de los requisitos y ofrezcan las mejores condiciones y ventajas económicas para “LA CONVOCANTE”. De la misma manera se desecharán aquellas que no cumplan con todos y cada uno de los requisitos y condiciones establecidas en estas Bases y/o los precios ofertados no sean convenientes para “LA CONVOCANTE”.

De igual forma se realizarán los análisis de las propuestas de precios más bajos recibidas de “EL o LOS LICITANTES”.

En la evaluación de las propuestas, no se utilizarán mecanismos de puntos o porcentajes, se evaluará bajo el criterio de “Si cumple” o “No cumple”.

CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.

Para el caso de la presente Licitación, la adjudicación se realizará por la totalidad de la partida única a “EL LICITANTE” que en su propuestas cumplan con los requisitos administrativos solicitados y ofrezcan las mejores condiciones técnicas y económicas para el servicio, de acuerdo a lo que se indica en estas Bases.

En caso de que dos o más propuestas sean idóneas y solventes, se seleccionará la oferta que presente el precio más bajo para el servicio.

Si derivado del dictamen inicial así como de los precios presentados por “EL o LOS LICITANTES” en el Acto de fallo resultare que dos o más propuestas ofertan en igualdad de condiciones y precio, “LA CONVOCANTE” procederá conforme al artículo 43 fracción II de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, que a la letra se señalan:

Se adjudicará al licitante que hubiere ofrecido mejores condiciones en su propuesta, adicionales a las mismas establecidas en las bases, con relación a los bienes, arrendamientos o servicios a contratar; y en su caso se encuentre inscrito en el Padrón de Proveedor con la anotación que lo identifique como Proveedor Salarialmente Responsable. 

Se adjudicará proporcionalmente en partes iguales, a las propuestas que reúnan las mismas condiciones y en igualdad de precio y en su caso se encuentre inscrito en el Padrón de Proveedor con la anotación que lo identifique como Proveedor Salarialmente Responsable.

DESCALIFICACIÓN DE LICITANTES.

De acuerdo al segundo párrafo del artículo 36 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, será motivo de descalificación en los siguientes casos: 

La omisión o incumplimiento de cualquier requisito solicitado en las Bases de esta Licitación Pública Nacional.

No asistir PUNTUALMENTE al acto de presentación y apertura del sobre que contenga la Documentación Legal y Administrativa, Propuestas Técnicas y Propuestas Económicas.

Se comprueba que acordó con otro u otros prestadores de servicios a elevar los precios de los bienes a arrendar, objeto de esta Licitación Pública Nacional.

Se comprueba que se encuentra en cualquiera de los supuestos del artículo 39 y 39 bis de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.

La documentación y la información que proporcionó carezcan de veracidad y autenticidad Cuando las Autoridades Fiscales detecten el incumplimiento de las obligaciones fiscales.

10.2    No serán motivo de descalificación los siguientes casos:

Cuando se presenten documentos originales que puedan sustituir el requisito copias simples o certificadas solicitadas.

Cuando la omisión del requisito en la revisión cuantitativa se encuentre inmerso en otro documento de la propuesta, para lo cual deberán manifestarlo en ese momento “EL o LOS LICITANTES”, a reserva de su revisión cualitativa por parte de la “LA CONVOCANTE” para determinar sobre su cumplimiento y en su caso de aceptación o descalificación. En caso que “EL o LOS LICITANTES” no realicen la manifestación señalada, deberá procederse a su descalificación.

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL DESIERTA.

La Licitación Pública Nacional se declarará desierta en cualquiera de los siguientes supuestos:

Ninguna persona física o moral adquiera las Bases.

Ninguna persona física o moral se registre para participar en la Licitación Pública Nacional.

Al analizar la documentación Legal y Administrativa ninguno de “EL o LOS LICITANTES” cumpla con cualquiera de los requisitos solicitados.

Al analizar las Propuestas Técnicas o Económicas no exista alguna que cumpla con todos los requisitos establecidos en las Bases.

Las propuestas presentadas no fueran aceptables, convenientes o posibles para “LA CONVOCANTE”, previa investigación de mercado que para el caso se hubiere realizado con anterioridad.

En caso de declararse desierta la Licitación Pública Nacional, “LA CONVOCANTE” procederá en su caso como se establece la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.

SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN.

12.1     Por parte de “LA CONVOCANTE”.

“LA CONVOCANTE” podrá suspender definitivamente el procedimiento licitatorio sin responsabilidad para la misma, previa opinión de la Secretaría de la Contraloría, cuando concurran razones de interés público o general, por caso fortuito o causa de fuerza mayor debidamente justificada.

Por parte de la Secretaría de la Contraloría.

La Secretaría de la Contraloría podrá intervenir en cualquier acto que contravenga las disposiciones de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y su Reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables, declarando la suspensión temporal o definitiva de cualquier procedimiento de Licitación Pública Nacional.

Si derivado de su intervención, la Secretaría de la Contraloría detecta alguna irregularidad o violación a las disposiciones aplicables, podrá suspender temporalmente o definitivamente el presente procedimiento de Licitación Pública Nacional, manteniéndose el proceso en el estado que se encuentra hasta en tanto se emita una resolución, la cual podrá tener como efecto confirmar la validez del acto, anularlo o suspender definitivamente el procedimiento.

De confirmarse la validez del acto, el procedimiento se continuará hasta el pronunciamiento del fallo. En caso de declararse la nulidad del acto, éste se repondrá a partir del momento en que se originó la causa que haya dado motivo a la misma.

CONTRATACIÓN.

Condiciones de la Contratación

Los derechos y obligaciones que deriven de esta Licitación Pública Nacional para el servicio, se formalizarán mediante la suscripción entre las partes del contrato respectivo.

La firma del contrato se llevará a cabo, dentro de los 15 días hábiles posteriores del acto de fallo en la Subdirección de Recursos Materiales de la Dirección General de Administración de la Secretaría de Gobierno, ubicada en Fernando de Alva Ixtlixochitl 185, 6° piso, Colonia Tránsito, C.P. 06820, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México, previa presentación de la garantía de cumplimiento, así como de la “Constancia de Adeudos” solicitada en el numeral 6.2.1 inciso g), de estas bases.

Cuando “EL o LOS LICITANTES” adjudicados no firmen el contrato en el plazo estipulado en el punto 13.1.2. se hará efectiva, en favor de la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México, la Garantía de formalidad de la Propuesta presentada y “LA CONVOCANTE” lo adjudicará “EL LICITANTE” que hayan presentado la segunda mejor propuesta y de ser el caso procederá igual con las propuestas subsecuentes, sin que exista un diferencial de precio mayor al 10% (diez por ciento) entre la propuesta ganadora y la finalmente seleccionada.

Si por causas imputables a “LA CONVOCANTE” el “EL LICITANTE” ganador no firma el contrato dentro de la fecha prevista en estas Bases, a partir de la fecha en que se formalice se prorrogarán automáticamente, en igual plazo, las fechas de cumplimiento de las obligaciones de las partes.

Los derechos y obligaciones que deriven del contrato, objeto de esta Licitación Pública Nacional, no podrán subcontratarse ni cederse en forma alguna, ni total ni parcialmente en favor de terceros, excepto los derechos de cobro, en cuyo caso se acreditará la cesión y se efectuará con la conformidad previa y por escrito de “LA CONVOCANTE”.

Suspensión Temporal. En caso de que la Secretaría de la Contraloría en el ejercicio de sus funciones detecte violaciones a las disposiciones de esta Ley, podrá instruir, bajo su responsabilidad a “LA CONVOCANTE” que proceda a declarar la suspensión temporal del contrato.

Terminación Anticipada. “LA CONVOCANTE”, podrá decretar la terminación anticipada del contrato, sin agotar el plazo para la aplicación de las penas convencionales, previa opinión de la Secretaría de la Contraloría por causas debidamente justificadas y que de no procederse a la terminación de los mismos se pudiera alterar la seguridad e integridad de las personas o el medio ambiente de la Ciudad de México, o se afecte la prestación de los bienes públicos, sin necesidad de la aplicación de las penas convencionales, en los casos en que existan circunstancias que causen afectaciones a los intereses del Gobierno de la Ciudad de México.

Modificaciones al Contrato.

“EL CONTRATO” que se derive de esta Licitación Pública Nacional estando vigente, se podrá modificar, para incrementar la cantidad de los bienes, siempre y cuando el monto total de las modificaciones no rebase en su conjunto el 25% del total contratado y que el precio y demás condiciones de los bienes sea igual al inicialmente pactado, debiendo ajustar las garantías de cumplimiento conforme a lo establecido en el Artículo 65 primer párrafo de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.

Asimismo, “LA CONVOCANTE” previa opinión de la Secretaría de la Contraloría podrá dar por terminado anticipadamente “EL CONTRATO” o la suspensión temporal o definitiva del mismo, sin responsabilidad para la misma, cuando para ello concurran razones de interés público o general por caso fortuito o causa de fuerza mayor debidamente justificadas.

Toda modificación a “EL CONTRATO” original deberá formalizarse entre las partes y los instrumentos legales respectivos serán suscritos por los servidores públicos que los hayan realizado o por quienes los sustituyan.

Rescisión Administrativa del Contrato.

Por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones pactadas en “EL CONTRATO”, dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la fecha en que se hubiese agotado el plazo para hacer efectivas las penas convencionales. Excepto cuando “EL LICITANTE” solicite por escrito y obtenga formalmente prórroga, en cuyo caso será a partir del vencimiento del plazo concedido.

En caso que la Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México, en el ejercicio de sus funciones detecte violaciones a las disposiciones de la Ley de Adquisiciones del Distrito Federal, podrá instruir a “LA CONVOCANTE” para que proceda a declarar la suspensión temporal o la terminación anticipada del “EL CONTRATO”.

Se presente el caso de incumplimiento de alguna de las obligaciones fiscales señaladas en el Código Fiscal de la Ciudad de México y Código Fiscal de la Federación.

La rescisión administrativa de “EL CONTRATO” será previa notificación y audiencia al interesado.

El procedimiento de rescisión se iniciará dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes, a aquel en que se hubiere agotado el plazo para hacer efectivas las penas convencionales, salvo que existan causas suficientes y justificadas, que pudieran alterar la seguridad e integridad de las personas, o peligre el medio ambiente de la Ciudad de México, o se afecte la prestación de los bienes públicos, se procederá a la rescisión sin otorgar el plazo para la aplicación de las penas convencionales, previa opinión de la Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México sin responsabilidad para “LA CONVOCANTE” .

CONDICIONES ECONÓMICAS

Firmeza en los precios.

“EL LICITANTE” deberá cotizar precios fijos, unitarios, en moneda nacional y sin cambio hasta el cabal cumplimiento de las condiciones pactadas en “EL CONTRATO” respectivo. 

Anticipos.

Para la contratación, objeto de esta Licitación Pública Nacional no se otorgará anticipo alguno.

Pago del Servicio.

El pago del servicio efectuado se realizará por transferencia electrónica interbancaria en moneda nacional por el importe de los servicios, dentro de los 20 días naturales posteriores a la fecha del registro de la Cuenta por Liquidar Certificada (C.L.C.).  La facturación se presentará en la Dirección General de Gobierno; con el soporte documental correspondiente, debidamente requisitado y el documento para validar por el responsable de la supervisión de los servicios realizados, de conformidad con el artículo 47 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.

Las facturas a que se refiere el párrafo anterior deberán cumplir con los requisitos establecidos en el Código Fiscal de la Federación, además de contener impreso el Registro Federal de Contribuyentes   (R. F. C.) y ser expedidas a nombre del Gobierno de la Ciudad de México, domicilio Plaza de la Constitución s/n Centro de la Ciudad de México, Área 1, Ciudad de México, Código Postal 06000, Registro Federal de Contribuyentes: GDF9712054NA. 

Para el supuesto de que se realicen pagos en exceso a “EL LICITANTE” adjudicado deberá reintegrar los remanentes, más los intereses correspondientes conforme a una tasa que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Ciudad de México para el ejercicio fiscal 2018.

Impuestos y Derechos.

Los impuestos y derechos que procedan con motivo del servicio, objeto de esta Licitación Pública Nacional, serán por cuenta, cargo y riesgo de “EL LICITANTE” adjudicado. “LA CONVOCANTE” solo cubrirá el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.).

GARANTÍAS.

De la Formalidad de las propuestas.

De conformidad con lo establecido por el artículo 75 bis fracción VI, en concatenación con el artículo 360 del Código Fiscal de la Ciudad de México “EL LICITANTE”  podrán presentar fianza, cheque de caja, cheque certificado, billete de depósito o carta de crédito o cualquier otra forma que determine la Secretaría por el 5% como mínimo, del monto total de su propuesta, sin considerar en su caso el Impuesto al Valor Agregado, a favor de la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México expedida por instituciones nacionales, legalmente establecidas y autorizadas para ello, con sede o sucursales en la Ciudad de México, de conformidad al ejemplo de texto de fianza que se presenta como Anexo No. 18.

La garantía de formalidad de la propuesta, ampara e incluye la o las propuestas mejoradas, toda vez que los montos de éstas últimas deberán ser menores a las originalmente presentadas.

Esta garantía será devuelta “EL o LOS LICITANTES” 15 días hábiles posteriores al acto de fallo de la Licitación Pública Nacional con excepción de “EL LICITANTE”  ganador a quién se retendrá hasta la entrega de la garantía de cumplimiento del contrato que derive de esta Licitación Pública Nacional.

De cumplimiento del contrato.

“EL o LOS LICITANTES” podrán presentar fianza, cheque de caja, cheque certificado, billete de depósito o carta de crédito o cualquier otra forma que determine la Secretaría, por el 15% (quince por ciento) del importe total global máximo a contratar; a favor de la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México, detallando que ésta se otorga para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones pactadas, sin considerar en su caso el Impuesto al Valor Agregado y que tendrá una vigencia hasta el total cumplimiento de la entrega de los bienes objeto de esta Licitación Pública Nacional; asimismo deberá incluir la Cláusula de Sometimiento de la afianzadora al procedimiento de ejecución de las mismas establecido en los artículos 178, 279, 280, 282, 283 y 293 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas. Las fianzas serán expedidas por instituciones nacionales, legalmente establecidas y autorizadas para ello, con sede o sucursales en la Ciudad de México. Anexo No. 20. Esta garantía deberá entregarse a la firma del contrato respectivo.

Verificación de las Garantías.

Las pólizas de fianzas de formalidad de propuesta, así como las de cumplimiento de contrato, deberán ser expedidas por Instituciones Nacionales legalmente constituidas y facultadas para tal efecto, debiendo verificar “LA CONVOCANTE”, su existencia en la página electrónica de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. Lo anterior de conformidad con el numeral 4.12.4 de la Circular Uno vigente, Normatividad en Materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal.

15.4.    Seguro de Responsabilidad Civil.

El licitante adjudicado a la firma del contrato, deberá presentar un seguro con cobertura de responsabilidad civil respecto a los daños que pudiera ocasionar a terceros como consecuencia de la prestación del servicio, por un importe de $1,000,000.00 (Un millón de pesos 00/100 M.N.) con una vigencia mínima que será igual a la de la prestación del servicio. Con independencia de la responsabilidad civil o penal que llegase a adquirir durante la prestación del servicio, con una vigencia igual a la del contrato.

 

SANCIONES.

Penas convencionales.

“EL o LOS LICITANTES” que resulten adjudicados estarán obligados a prestar el servicio salvo que mediante notificación por escrito de "LA CONVOCANTE", solicite incremento, reducción, sustitución o cancelación de los mismos con 12 (doce) horas de anticipación, sin que ello genere costo adicional. La notificación se realizará mediante escrito a “EL o LOS LICITANTES” adjudicados.

De conformidad con el artículo 69 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y al numeral 4.13.1 de la Circular Uno 2015, Normatividad en Materia de Administración de Recursos para la Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, se aplicarán las sanciones que se mencionan a continuación:

Se aplicará sanción del 1% (uno por ciento) por cada día natural de incumplimiento posterior a la fecha pactada para el servicio y/o entrega del material, en caso de no entregar uno o varios servicios y/o material solicitados, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado y sin que rebase el importe de la garantía de cumplimiento, dicha penalización se calculará por el precio del servicio no prestado.

Las Penas Convencionales se aplicaran de acuerdo a lo siguiente:

Exista incumplimiento en el plazo de entrega de los servicios pactados originalmente, durante el tiempo que transcurra.

Por deficiencia o mala calidad de los servicios prestados.

Por incumplimiento en la calidad de los servicios de conformidad con el numeral 5.2.

Por  los servicios dejados de prestar.

La pena convencional se descontará del pago correspondiente, de los pagos subsecuentes o de los pagos pendientes y de no ser posible, el licitante adjudicado se obliga a realizar el pago respectivo.

De persistir el incumplimiento se hará efectiva la garantía de cumplimiento y procederá la rescisión administrativa del contrato.

La aplicación de la pena convencional, será independiente de la aplicación de la garantía de cumplimiento y de la rescisión administrativa de “EL CONTRATO”. 

Aplicación de la Garantía de Formalidad de la Propuesta.

Se hará efectiva si:

“EL LICITANTE” no sostiene su propuesta durante el proceso de Licitación Pública Nacional, hasta la formalización de “EL CONTRATO”  respectivo.

“EL LICITANTE” ganador por causas imputables a él no firma “EL CONTRATO” en el plazo previsto en estas Bases de Licitación Pública Nacional.

“EL LICITANTE”  ganador no entrega la garantía de cumplimiento de “EL CONTRATO” en el plazo previsto en estas Bases de Licitación Pública Nacional.

“EL LICITANTE” retira su propuesta de la Licitación Pública Nacional

Aplicación de la garantía de cumplimiento del contrato.

Se hará efectiva sí:

“EL LICITANTE” incumple cualquiera de las condiciones pactadas en “EL CONTRATO”.

“EL LICITANTE” no realiza la prestación del servicio, sin causa justificada a satisfacción de “LA CONVOCANTE” durante la vigencia del contrato respectivo, plazo previsto en estas Bases de Licitación Pública Nacional.

“EL LICITANTE” no realiza la prestación del servicio, en el plazo adicional que a solicitud previa y formal se le pudiera conceder para corregir las omisiones, rechazos o causas del incumplimiento de la adquisición. De persistir este, se hará efectiva la garantía de cumplimiento y se procederá a la rescisión administrativa de “EL CONTRATO” contrato respectivo.

En caso de rescisión administrativa de “EL CONTRATO”.

INCONFORMIDADES

“EL o LOS LICITANTES” que consideren afectados sus intereses o derechos con motivo de los actos u omisiones que deriven de este procedimiento de Licitación Pública Nacional o de los servidores públicos que lo ejecutan, podrán inconformarse ante la Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México, dentro de un término de 5 días hábiles contados a partir de que se notifique el acto o resolución recurrido, el recurso de inconformidad se sujetará a las formalidades de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, así como a lo dispuesto en el Artículo 88 que establece la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.

En aras de la transparencia y eficaz rendición de cuentas la Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México, pone a su disposición la consulta electrónica de recursos de inconformidad en la página de Internet www.contraloria.cdmx.gob.mx.

CONTROVERSIAS.

Las controversias que se susciten con motivo de la interpretación o aplicación de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y su Reglamento, en la ejecución de este procedimiento de Licitación Pública Nacional y/o de “EL CONTRATO” de prestación del servicio que se celebre, serán resueltas por los Tribunales competentes de la Ciudad de México con apego a las Disposiciones Jurídicas de Derecho Público y las suplementarias o complementarias que resulten aplicables para la Ciudad de México, renunciando expresamente al fuero de los tribunales que en razón del domicilio de las partes le pudiera competer, de conformidad con el artículo 13 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y 56 fracción XIII de su Reglamento.

Ninguna de las condiciones contenidas en las bases de la Licitación Pública Nacional, así como las propuestas presentadas por “EL o LOS LICITANTES” podrán ser negociadas, conforme a lo dispuesto en el artículo 33 fracciones XI y XIX de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.